1.3 MINISTERIO DE JUSTICIA


El Ministerio de Justicia es la máxima autoridad del Sector Justicia que tiene por finalidad velar por la vigencia de la ley, el derecho y la justicia.

FUNCIONES

  1. Formular las políticas, normas, planes y programas de desarrollo de alcance nacional del Sector Justicia, así como supervisar y evaluar su cumplimiento.

  2. Constituir el nexo del Poder Ejecutivo con el Poder Judicial, el Ministerio Público y otras entidades, promoviendo permanentemente una pronta y eficaz administración de justicia.

  3. Estudiar y proponer la redacción y reforma de la legislación y códigos.

  4. Coordinar y evaluar la Defensa Judicial de los intereses y derechos del Estado.

  5. Formular, dirigir, supervisar, controlar y evaluar la política referente al Sistema Penitenciario y los distintos regímenes de tratamiento y coordinar con el Ministerio del Interior las medidas de seguridad externa en los establecimientos penitenciarios, asegurando una adecuada administración y seguridad integral.

OBJETIVOS

  1. Propiciar el mejoramiento de la infraestructura penitenciaria y de la red de servicios.

  2. Garantizar la seguridad interna y externa de los establecimientos penitenciarios, de las instalaciones y locales administrativos.

  3. Impulsar una mayor y mejor cobertura de los programas de reeducación, rehabilitación y reincorporación del interno a la sociedad.

  4. Asegurar al interno un nivel mínimo de atención de sus necesidades básicas de alimentación, salud y bienestar en armonía con sus derechos y deberes fundamentales.

ESTADISTICA PENITENCIARIA

El Instituto Nacional Penitenciario (INPE), Organismo Descentralizado del Sector Justicia, rector del Sistema Penitenciario, con personería jurídica de derecho público y con autonomía económica, técnica, financiera y administrativa, se rige por el código de Ejecución Penal, a fin de asegurar una adecuada política penitenciaria que favorezca: la reeducación, rehabilitación y reincorporación del penado a la sociedad así como al establecimiento y mantenimiento de la infraestructura penitenciaria.

La información referida tanto a las características demográficas de la población carcelaria del país (sexo, edad, estado civil, nivel de instrucción, ocupación, etc.), como a la calidad de la infraestructura penitenciaria disponible, es producida y organizada por el INPE.

Población Penal

La población penal al mes de junio de 1999 está constituida por 27 mil 428 internos, entre hombres y mujeres de todos los centros penitenciarios del país, cifra superior en 5,3% a lo registrado en 1998 (26 mil 059). A nivel departamental el mayor número de internos se encuentra en Lima con 11 mil 026 personas (40,2%), seguido de Piura con un mil 342 (4,9%) y La Libertad con un mil 313 (4,8%). El 91,4% de la población penitenciaria está constituida por hombres y el 8,6% restante por mujeres. En cuanto a los primeros el 40,0% se encuentran recluidos por delitos contra el patrimonio, 22,3% por delitos contra la seguridad pública y 12,6% por delitos contra la libertad. En relación a las internas el 60,7% se encuentran recluidas por delitos contra la seguridad pública, 10,9% por delitos contra el patrimonio, y 10,6% por delitos contra la tranquilidad pública.

En relación a su situación jurídica el 62,8% del total de internos se encuentra en calidad de inculpados, mientras que el 37,2% ya tienen sentencia condenatoria.

De acuerdo a la información por grupos de edad el 40,4% de la población penal tienen edades entre 20 a 29 años, porcentaje muy similar para el caso de hombres (40,8%) y en las mujeres el porcentaje es del 35,8%.

Según el estado civil el 36,6% de los internos hombres son convivientes, en el caso de las mujeres, el mayor porcentaje, 40,2% son solteras.

La población carcelaria según su nivel de instrucción muestra que el 50,3% de los hombres y el 40,1% de las mujeres cuentan con algún año de educación secundaria. Otro nivel educativo mayormente alcanzado por los internos es el de primaria, 32,0% en los hombres y 35,0% en las mujeres.

Infraestructura Penitenciaria

Respecto a la condición de la infraestructura penitenciaria en 1999, de los 87 establecimientos existentes, 26 contaban con una de tipo regular, 43 tenían una mala infraestructura y sólo 18 se encontraban en óptimas condiciones.

Analizando la capacidad de albergue de dichos centros, puede observarse que en 1998 la población carcelaria excede en un 30,4% su capacidad.

En relación a 1997 el sobrepoblamiento de las cárceles disminuyó de 137,2% a 130,4%. Sin embargo, cifras mucho más altas pueden advertirse en departamentos como San Martín que duplica la verdadera capacidad de las cárceles: 254,6%. Problemas parecidos sufren las cárceles de Amazonas (206,3%), Huánuco (186,9%) y Lima y Callao (198,9%).