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4.3. REGIMEN DE TENENCIA
La tenencia de la vivienda corresponde
a la condici\n
de propiedad, inquilinato o uso de la vivienda por las personas
u hogares que la ocupan sin pago alguno (usufructo). En 1993,
el 78,3% de las viviendas empadronadas fueron declaradas como
propias, en 1981 en esta categorRa
se registr\
el 84,9%. Cabe destacar el descenso de las viviendas en alquiler,
cuya proporci\n
de 6,4%, en 1981 baj\
a 4,8% en 1993.
Asimismo, resalta la proporci\n de viviendas ocupadas bajo el rJgimen de usufructo y de aquellas "ocupadas de hecho".
En 1993, a nivel departamental,
el 7,4% de las viviendas est<n
consideradas como ocupadas de hecho. Del total de viviendas de
la provincia de Piura, el 12,2% corresponde a este rJgimen
de tenencia. De otro lado, la proporci\n
de viviendas en alquiler en la provincia de Talara registra el
mayor porcentaje con 8,0%.