4.3. REGIMEN DE TENENCIA

La tenencia de la vivienda corresponde a la condici\n de propiedad, inquilinato o uso de la vivienda por las personas u hogares que la ocupan sin pago alguno (usufructo). En 1993, el 78,3% de las viviendas empadronadas fueron declaradas como propias, en 1981 en esta categorRa se registr\ el 84,9%. Cabe destacar el descenso de las viviendas en alquiler, cuya proporci\n de 6,4%, en 1981 baj\ a 4,8% en 1993.

Asimismo, resalta la proporci\n de viviendas ocupadas bajo el rJgimen de usufructo y de aquellas "ocupadas de hecho".






En 1993, a nivel departamental, el 7,4% de las viviendas est<n consideradas como ocupadas de hecho. Del total de viviendas de la provincia de Piura, el 12,2% corresponde a este rJgimen de tenencia. De otro lado, la proporci\n de viviendas en alquiler en la provincia de Talara registra el mayor porcentaje con 8,0%.