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4.3. REGIMEN DE TENENCIA
La tenencia de la vivienda corresponde
a la condición de propiedad, inquilinato o uso de la vivienda
por las personas u hogares que la ocupan sin pago alguno (usufructo).
En 1993, el 63,5% de las viviendas empadronadas fueron declaradas
como propias, en 1981 en esta categoría se registró
el 57,7%. Cabe destacar el descenso de las viviendas en alquiler,
cuya proporción de 28,0% en 1981 bajó a 15,9% en
1993.
Asimismo, resalta la proporción
de viviendas ocupadas bajo la modalidad del régimen de
usufructo y de aquellas "ocupadas de hecho".
En 1993, a nivel departamental,
el 7,9% de las viviendas están consideradas como ocupadas
de hecho. Del total de viviendas de la provincia de Lima, el 8,3%
corresponde a este régimen de tenencia. La proporción
de viviendas en alquiler en la provincia de Lima registra el mayor
porcentaje con 16,5%.