4.3. REGIMEN DE TENENCIA

La tenencia de la vivienda corresponde a la condición de propiedad, inquilinato o uso de la vivienda por las personas u hogares que la ocupan sin pago alguno (usufructo). En 1993, el 63,5% de las viviendas empadronadas fueron declaradas como propias, en 1981 en esta categoría se registró el 57,7%. Cabe destacar el descenso de las viviendas en alquiler, cuya proporción de 28,0% en 1981 bajó a 15,9% en 1993.

Asimismo, resalta la proporción de viviendas ocupadas bajo la modalidad del régimen de usufructo y de aquellas "ocupadas de hecho".





En 1993, a nivel departamental, el 7,9% de las viviendas están consideradas como ocupadas de hecho. Del total de viviendas de la provincia de Lima, el 8,3% corresponde a este régimen de tenencia. La proporción de viviendas en alquiler en la provincia de Lima registra el mayor porcentaje con 16,5%.