La tenencia de la vivienda corresponde
a la condición de propiedad, inquilinato o uso de la vivienda
por las personas u hogares que la ocupan sin pago alguno (usufructo).
En 1993, el 74,8% de las viviendas empadronadas fueron declaradas
como propias y el 10,7% ocupadas sin pago. Cabe destacar el incremento
de las viviendas ocupadas bajo la forma de "ocupadas de hecho",
respecto a lo observado en 1981.
En 1993, a nivel departamental,
el 3,6% de las viviendas están consideradas como "ocupadas
de hecho". Del total de viviendas de la provincia de Trujillo,
el 5,5% corresponde a este régimen de tenencia. De otro
lado, la proporción de viviendas en alquiler en las provincias
de Pacasmayo, Chepén y Trujillo registran el mayor porcentaje
con alrededor del 11% del total de sus viviendas.