4.3 REGIMEN DE TENENCIA

La tenencia de la vivienda corresponde a la condición de propietario, inquilino o uso de la vivienda por las personas u hogares que la ocupan. Las viviendas particulares con ocupantes presentes empadronadas en el Callao se incrementaron en 56,6% respecto a lo registrado en 1981.

De acuerdo al régimen de tenencia, en 1993 el 61,8% de las viviendas fueron declaradas como propias, en 1981 en esta categoría se registró el 50,2% del total de viviendas. Cabe destacar el significativo descenso de las viviendas en alquiler, cuya proporción de 31,6%, en 1981 bajó a 17,0% en 1993.


En 1993, a nivel provincial, el 11,0% de las viviendas están consideradas como ocupadas de hecho. Del total de viviendas del distrito de Ventanilla el 32,1% corresponde a este régimen de tenencia. En efecto, en dicho ámbito las evidencias empíricas muestran grandes proporciones de grupos humanos que viven en condiciones inadecuadas ocupando las conocidas "viviendas improvisadas', con precarias condiciones estructurales y carencias de servicios básicos en la vivienda.