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4.3 REGIMEN DE TENENCIA
La tenencia de la vivienda corresponde a la condición de propietario, inquilino o uso de la vivienda por las personas u hogares que la ocupan. Las viviendas particulares con ocupantes presentes empadronadas en el Callao se incrementaron en 56,6% respecto a lo registrado en 1981.
De acuerdo al régimen de tenencia, en
1993 el 61,8% de las viviendas fueron declaradas como propias,
en 1981 en esta categoría se registró el 50,2% del
total de viviendas. Cabe destacar el significativo descenso de
las viviendas en alquiler, cuya proporción de 31,6%, en
1981 bajó a 17,0% en 1993.
En 1993, a nivel provincial, el 11,0% de las
viviendas están consideradas como ocupadas de hecho. Del
total de viviendas del distrito de Ventanilla el 32,1% corresponde
a este régimen de tenencia. En efecto, en dicho ámbito
las evidencias empíricas muestran grandes proporciones
de grupos humanos que viven en condiciones inadecuadas ocupando
las conocidas "viviendas improvisadas', con precarias condiciones
estructurales y carencias de servicios básicos en la vivienda.