![]() ![]() ![]() |
4.3. REGIMEN DE TENENCIA
La tenencia de la vivienda corresponde
a la condici\n
de propiedad, inquilinato o uso de la vivienda por las personas
u hogares que la ocupan sin pago alguno (usufructo). En 1993,
el 72,3% de las viviendas empadronadas fueron declaradas como
propias y el 13,1% ocupadas sin pago. Cabe destacar la disminuci\n
de las viviendas ocupadas bajo la forma de "ocupadas de hecho",
respecto a lo observado en 1981.
En 1993, a nivel departamental,
el 1,9% de las viviendas est<n
consideradas como "ocupadas de hecho". Del total de
viviendas de la provincia de Arequipa, el 1,6% corresponde a este
rJgimen
de tenencia. De otro lado, la proporci\n
de viviendas en alquiler en las provincias de Islay, CaravelR
y Castilla registran el mayor porcentaje con alrededor del 13,0%
del total de sus viviendas.