4.3. REGIMEN DE TENENCIA

La tenencia de la vivienda corresponde a la condici\n de propiedad, inquilinato o uso de la vivienda por las personas u hogares que la ocupan sin pago alguno (usufructo). En 1993, el 72,3% de las viviendas empadronadas fueron declaradas como propias y el 13,1% ocupadas sin pago. Cabe destacar la disminuci\n de las viviendas ocupadas bajo la forma de "ocupadas de hecho", respecto a lo observado en 1981.













En 1993, a nivel departamental, el 1,9% de las viviendas est<n consideradas como "ocupadas de hecho". Del total de viviendas de la provincia de Arequipa, el 1,6% corresponde a este rJgimen de tenencia. De otro lado, la proporci\n de viviendas en alquiler en las provincias de Islay, CaravelR y Castilla registran el mayor porcentaje con alrededor del 13,0% del total de sus viviendas.