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ÚÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄ¿ ³ ANEXO N§ 2 ³ ³ ³ ³ NOTAS EXPLICATIVAS ³ ÀÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÄÙ 2.1 UNIDAD AGROPECUARIA SIN TIERRAS Es aquella que no posee tierras y se dedica a la crianza de animales, conformando unidades itinerantes. Es el caso del productor cuyo ganado pasta en las lomas, en los rastrojos de cultivos, en la ribera de los r¡os, etc. 2.2 LAS COMUNIDADES Y SUS COMUNEROS COMO PRODUCTORES AGROPECUARIOS En la mayor¡a de las comunidades campesinas y nativas se acostumbra distribuir las tierras agr¡colas entre sus miembros para ser aprovechadas en forma particular. En estos casos, cada comunero que recibe una parcela se considera un productor y la parcela recibida, una unidad agropecuaria. El resto de las tierras de este tipo de comunidades, por lo general tierras con pastos naturales, montes y bosques o toda otra clase de tierras, son de uso comunal para la ganader¡a y se considera como otra unidad agropecuaria cuyo productor es la comunidad. 2.3 PERIODO DE REFERENCIA Es el tiempo considerado para la captaci¢n de las variables investigadas. A¤o Agr¡cola: Del 01 de Agosto de 1993 al 31 de Julio de 1994. - Asistencia T‚cnica, Cr‚dito Agropecuario y Empleo de Mano de Obra. Del 01 de Agosto de 1994 al 31 de Julio de 1995. - Uso de la Tierra. D¡a de la Entrevista:D¡a dentro del per¡odo de empadronamiento, en que se visit¢ al productor para obtener los datos referentes a su unidad agropecuaria. 2.4 PERIODO DE EMPADRONAMIENTO 15 de Octubre al 14 de Noviembre de 1994. 2.5 CONDICION JURIDICA Es la situaci¢n legal en que se encuentra el productor de la unidad agropecuaria ante el Estado. De acuerdo a esta definici¢n, el productor puede ser una persona natural (inclu¡da la sociedad de hecho) o una persona jur¡dica. 2.6 REGIMEN DE TENENCIA Es el derecho que tiene el productor para trabajar o conducir la tierra y usufructuar el beneficio derivado de su explotaci¢n, llevando consigo la obligaci¢n de su administraci¢n. 2.7 SUPERFICIE EN DESCANSO Es aquella que tiene por lo menos 1 a¤o sin ser cultivada. Se refiere a las tierras agr¡colas que no son cultivadas y que se hallan dentro de un plan de rotaci¢n de tierras. 2.8 TIERRAS CON PASTOS NATURALES MANEJADOS Son tierras con pastos naturales que est n cercadas, regadas, abonadas, etc.; es decir, tienen un manejo agron¢mico que incluye la rotaci¢n del ganado. |