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4.3 PROCESO PENAL De aquellos agraviados que denunciaron al prestamista ante el Fiscal o Delegación Policial, el 57,4% manifestaron que el Juez abrió proceso penal contra el prestamista y el 42,6% señalaron que no hubo proceso penal.
¿EL JUEZ ABRIO PROCESO PENAL POR USURA
Para los casos en que el Juez abrió proceso penal contra el prestamista, el 82,8% de las personas agraviadas por la usura, indicaron que el proceso penal, tuvo una duración de 1 a más años, el 11,8% señalaron que el proceso penal duró o viene durando más de 6 meses y menos de 1 año, y el 5,4% de agraviados declararon que el proceso judicial duró menos de 6 meses. ¿CUANTO TIEMPO DURO O VIENE DURANDO EL PROCESO PENAL?
De aquellos agraviados que tenían proceso penal, el 20,7% de ellos, respondieron que el Juez Civil suspendió la cobranza del préstamo debido a los indicios de culpabilidad del prestamista en el proceso penal y un 79,3% indicaron que el Juez no suspendió dicha cobranza. A LOS INDICIOS DE CULPABILIDAD DEL PRESTAMISTA EN EL PROCESO PENAL?
Por otra parte, respecto al valor del bien dado en garantía en caso de remate, el 61,1% de los agraviados por la usura, manifestaron que no se pactó un valor de este bien en el contrato y el 38,9% indicaron que si hubo pacto del valor del bien en su contrato.
¿SE PACTO EN EL CONTRATO EL VALOR DEL BIEN DADO EN
Con respecto a la nueva valorización del bien dado en garantía, el 15,2% de los afectados, manifestaron que el Juez ordenó efectuarse una nueva valorización al bien que fue dado en garantía por el préstamo obtenido y el 84,8% señalaron que no hubo orden del Juez para una nueva valorización.
¿EL JUEZ ORDENO, SE EFECTUE UNA NUEVA VALORIZACION
![]() En aquellos casos donde el bien dado en garantía fue rematado judicialmente, el 29,0% de los agraviados manifestaron que sus bienes fueron adjudicados a una persona vinculada al prestamista, un 26,3% indicaron que le asignaron al propio prestamista y un 7,0% a un tercero, ajeno al juicio. El 37,7% de los bienes no fueron rematados judicialmente.
SI SE REMATO JUDICIALMENTE EL BIEN DADO EN GARANTIA
Según la encuesta, el 30,6% de los afectados, señalaron que los bienes rematados no se volvieron a vender, el 23,6% fueron vendidos en menos de 6 meses y el 8,3% se vendieron en más de un mes.
SI LA GARANTIA QUE SE REMATO SE VOLVIO A VENDER DESPUES
A los entrevistados que tuvieron un proceso penal y que su bien dado en garantía fue rematado, se les preguntó si fueron desalojados cuando el inmueble estaba ocupado. El 64,8% de ellos, respondieron que si fueron desalojados, un 32,4% no tuvieron que desalojar el inmueble y el 2,8% contestaron que el inmueble no estaba en uso.
SI UD. TENIA OCUPADO EL INMUEBLE REMATADO
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