1.3  MINISTERIO DE JUSTICIA


     El  Ministerio de Justicia es la m xima autoridad del Sector Justicia
     que tiene por finalidad velar por la vigencia de la ley, el derecho y
     la justicia.

     Corresponde   al   Ministerio  de  Justicia  promover  una  eficiente
     administraci¢n  de  justicia,  vinculando  al  Poder Ejecutivo con el
     Poder   Judicial,   el   Ministerio   P£blico   y   otras  entidades;
     sistematizar, difundir y coordinar el ordenamiento jur¡dico; normar y
     supervisar  la  funci¢n registral y notarial; igualmente asegurar una
     adecuada pol¡tica en el Sistema Nacional Penitenciario.

     FUNCIONES

     a) Formular  las  pol¡ticas, normas, planes y programas de desarrollo
        de  alcance  nacional  del  Sector Justicia, as¡ como supervisar y
        evaluar su cumplimiento.

     b) Constituir  el  nexo del Poder ejecutivo con el Poder Judicial, el
        Ministerio  P£blico y otras entidades, promoviendo permanentemente
        una pronta y eficaz administraci¢n de Justicia.

     c) Estudiar  y  proponer  la  redacci¢n y reforma de la legislaci¢n y
        c¢digos.

     d) Coordinar  y  evaluar  la  Defensa  Judicial  de  los  intereses y
        derechos del estado.

     e) Formular,  dirigir,  supervisar,  controlar  y evaluar la pol¡tica
        referente  al  Sistema  Penitenciario y los distintos reg¡menes de
        tratamiento y coordinar con el Ministerio del Interior las medidas
        de  seguridad  externa  en  los  establecimientos  penitenciarios,
        asegurando una adecuada administraci¢n y seguridad integral.

     OBJETIVOS

     a) Propiciar el mejoramiento de la infraestructura penitenciaria y de
        la red de servicios.

     b) Garantizar  la seguridad interna y externa de los establecimientos
        penitenciarios, de las instalaciones y locales administrativos.

     c) Impulsar   una  mayor  y  mejor  cobertura  de  los  programas  de
        reeducaci¢n,  rehabilitaci¢n  y  reincorporaci¢n  del interno a la
        sociedad.

     d) Asegurar al interno un nivel m¡nimo de atenci¢n de sus necesidades
        b sicas  de alimentaci¢n, salud y bienestar del interno en armon¡a
        con sus derechos y deberes fundamentales.