CAPITULO I. MARCO CONCEPTUAL DE LA CUENTA DE BIENES Y SERVICIOS

1. La Cuenta de Bienes y Servicios en el Sistema de las Cuentas Nacionales (SCN) 1993

La Cuenta de Bienes y Servicios por grupo de productos y para toda la economía, muestra la igualdad entre la cantidad disponible de un producto (oferta) y la cantidad utilizada del mismo (demanda). Esta cuenta se define mediante la siguiente ecuación:

Para establecer el cálculo de cada elemento de la ecuación, los bienes y servicios se siguen a través de toda la economía, desde sus productores originales (residentes o del exterior) hasta sus usuarios finales (residentes o del exterior).

La compilación de detalles del flujo de bienes y servicios recibe tradicionalmente el nombre de Método de la corriente de mercancías, y en él se utilizan estadísticas básicas de productos, junto con las partidas adicionales necesarias para una valoración adecuada. El método de la corriente de mercancías alcanza su máxima bondad cuando se obtienen estimaciones independientes de cada una de las partidas de las utilizaciones, es decir, cuando mediante información específica se consigue distribuir la oferta de productos entre las varias clases de usos. En este proceso, es necesario conciliar el lado de la oferta con el de las utilizaciones.

1.1 Conceptos de Valoración y sus Interrelaciones

Los componentes del precio pagado por el comprador de un producto que es reconocido en el SCN son los siguientes:

  • Precio básico del producto como producción
  • Impuestos sobre el producto
  • Subvenciones al producto
  • Márgenes de comercio y transporte por la entrega del producto al comprador

Algunos de estos cuatro componentes pueden subdividirse. Así, para tratar de manera más desagregada los márgenes de comercio y transporte, pueden incluirse por separado, los márgenes del comercio al por mayor y al por menor, o bien especificarse el impuesto general a las ventas (IGV) como un componente separado. Sin embargo, el marco insumo-producto del Sistema necesita como mínimo la especificación de los cuatro componentes citados. Pero con dos aclaraciones:

  • Los márgenes de comercio y transporte también incluyen los impuestos, menos las subvenciones, sobre los productos ligados a dichos márgenes;

  • Los márgenes de comercio y transporte son también servicios que tienen un precio básico.

Los tres conceptos centrales de precio del Sistema son: precio de comprador, precio de productor y precio básico.

  • El precio de comprador es el valor pagado por el comprador, excluido el impuesto general a las ventas deducible o impuesto deducible análogo, con el fin de hacerse cargo de una unidad de un bien o servicio en el momento y lugar requeridos por el comprador. El precio de comprador de un bien incluye cualquier gasto de transporte pagado por separado por el comprador para hacerse cargo del mismo en el momento y lugar requeridos;

  • El precio de productor es la cantidad a cobrar por el productor al comprador de una unidad de un bien o servicio obtenido como producción, menos el impuesto general a las ventas o impuesto deducible análogo facturado al comprador. Excluye cualquier gasto de transporte facturado de forma separada por el productor;

  • El precio básico es la cantidad a cobrar por el productor al comprador de una unidad de un bien o servicio obtenida como producción, menos cualquier impuesto por pagar y más cualquier subvención por cobrar por esa unidad como consecuencia de su producción o venta. Excluye cualquier gasto de transporte facturado de forma separada por el productor.

Existen relaciones en la definición de estos tres conceptos de precio que tienen un papel central en el marco insumo-producto, estos son:

  • Precio de comprador (que incluye el IGV no deducible) menos márgenes de comercio y transporte (incluidos los impuestos distintos del IGV facturado menos las subvenciones sobre los productos a pagar o cobrar por los mayoristas y minoristas) menos impuestos del tipo IGV no deducible es igual al precio de productor (que excluye el IGV no deducible);

  • Precio de productor menos impuestos (distintos del IGV) menos las subvenciones sobre los productos a pagar o cobrar por sus productores es igual al precio básico.

Algunas veces se da un aumento del precio, por ejemplo del almacenamiento, el que puede deberse al volumen adicional de producción obtenida durante el almacenamiento (por ejemplo, la mejora de la calidad) o a las ganancias por tenencia.

Los precios de productor y de comprador han de coincidir, en general y prescindiendo de cualquier IGV no deducible, en el caso de los servicios, ya que éstos los suministra directamente el productor al usuario. Aunque de hecho existen minoristas en el área de los servicios (como las agencias de viajes en el turismo), la igualdad de ambos precios sigue manteniéndose, ya que el Sistema, por convención, trata a estos minoristas como productores de otros servicios distintos de los servicios comerciales. Cuando los bienes se adquieren directamente de sus productores originarios, los dos precios citados tienden igualmente a coincidir, aunque puede haber otros casos en los que haya que considerar los márgenes de transporte. En cualquier caso, la distinción entre el precio de comprador y el de productor resulta pertinente, sobre todo de los bienes que pasan por las cadenas de distribución del comercio al por mayor y al por menor.

Valoración de los Flujos de Bienes y Servicios

El Sistema reconoce dos tipos de precios para la producción, ambos definidos de modo que excluyan cualquier IGV o impuesto deducible análogo, facturado sobre la producción vendida:

  • Precios básicos
  • Precios de productor

El método de valoración preferido es a precios básicos. Cuando éste no es viable, pueden utilizarse los precios de productor. La preferencia por los precios básicos se basa en varias consideraciones, entre las cuales destacan:

  1. Los precios básicos ofrecen la valoración más homogénea en las filas de la Matriz de Producción;
  2. Los precios básicos resultan más útiles cuando funciona un sistema de IGV o impuesto deducible análogo;
  3. Los precios básicos registran las cantidades disponibles por el productor.

Las utilizaciones de los bienes y servicios - tanto los consumos intermedios como los usos finales - se registran a precios de comprador (es decir, incluidos los márgenes y los impuestos, menos las subvenciones, sobre los productos, excepto los impuestos deducibles).

En lo que se refiere a las exportaciones e importaciones, el Sistema adopta conceptos de precios análogos: el precio franco a bordo (FOB) para las exportaciones, el precio, costo, seguro y fletes (CIF) para las importaciones detalladas. La diferencia entre los precios FOB y CIF representa los costos de transporte y seguro entre la frontera del país exportador y la del país importador. La definición del precio CIF es el precio de un bien entregado en la frontera del país importador, o el precio de un servicio prestado a un residente, antes del pago de cualquier derecho de importación u otros impuestos sobre las importaciones y los márgenes de comercio y transporte dentro del país.

El precio FOB se considera un precio especial de comprador aplicado a los flujos de exportaciones. Se entiende como el precio de comprador que paga un importador que se hace cargo de la entrega de los bienes en la frontera del exportador, una vez que se han cargado en un medio de transporte y después del pago de cualquier impuesto a la exportación o de la percepción de cualquier devolución de impuestos. El precio CIF se considera un precio básico aplicado a los flujos de importaciones, equivalente al precio básico de un bien o servicio producido por productores residentes. La valoración de un bien o servicio importado, equivalente al precio de productor de un bien o servicio producido por los productores residentes, es el total del precio CIF más cualquier derecho de importación, impuesto específico o impuesto especial por pagar sobre las importaciones en la frontera (a veces denominado como el precio salida de aduana). Asimismo, esta equivalencia se mantiene entre el precio de productor, excluido el IGV facturado, y el precio CIF más los impuestos y derechos sobre las importaciones, excluido el IGV.

La valoración implícita del valor agregado depende de la valoración de los flujos de la producción y el consumo intermedio. Mientras que el consumo intermedio se valora siempre a precios de comprador, para la producción se utilizan dos valoraciones alternativas, lo que conduce a dos medidas alternativas del valor agregado bruto:

  1. Valor agregado bruto a precios básicos, definido como la producción valorada a precios básicos menos el consumo intermedio valorado a precios de comprador;
  2. Valor agregado bruto a precios de productor, definido como la producción valorada a precios de productor menos el consumo intermedio valorado a precios de comprador.

La medida que se recomienda en todo el Sistema y que se refleja en el cuadro de oferta y utilización es el valor agregado bruto a precios básicos. Para obtener el PBI a precios de mercado hay que añadir al valor agregado bruto total a precios básicos los impuestos menos las subvenciones sobre los productos (no asignados a las industrias). Si la producción y por tanto el valor agregado se calcula a precios de productor, el PBI a precios de mercado se obtiene añadiendo el IGV no asignado y los impuestos menos las subvenciones sobre las importaciones.

El valor agregado bruto a costo de factores no es un concepto utilizado explícitamente en el Sistema. No obstante, puede derivarse a partir del valor agregado bruto a precios básicos, restando los otros impuestos menos las subvenciones sobre la producción. Sin embargo, en el Sistema este concepto no se recomienda como medida del valor agregado, desde el momento que no existen precios observables que permitan que la producción menos el consumo intermedio sea igual directamente al valor agregado bruto citado. Los otros impuestos menos las subvenciones sobre la producción son, por definición, impuestos o subvenciones que de hecho no pueden eliminarse de los precios de los productos ni de los insumos. Por tanto, el valor agregado bruto a costo de factores es esencialmente una medida de ingreso y no de producción. En el marco insumo-producto, esto significa que ni los asientos de la producción en el cuadro de oferta, ni los valores agregados en el cuadro de utilización están dados a costo de factores.

1.2 Los Márgenes de Comercio y Transporte

La producción del comercio al por mayor y al por menor se mide por el valor de los márgenes de comercio realizados sobre los bienes que venden. Los bienes revendidos no se incluyen en la producción ni en el consumo intermedio del comercio mayorista y minorista. Los márgenes comerciales y de transporte incluyen los márgenes de comercio más cualquier gasto de transporte pagado por separado por el comprador al hacerse cargo del bien en el momento y lugar requeridos.

Para el análisis insumo-producto y para el método de la corriente de bienes y servicios puede resultar conveniente comparar el precio pagado por el comprador final de un bien, después que éste ha pasado por las cadenas de distribución al por mayor y al por menor, con el precio recibido por su productor originario. Los márgenes de comercio pueden definirse a precios básicos y a precios de productor, teniendo en consideración los componentes siguientes:

  1. Los márgenes básicos sobre el producto; es decir, los márgenes acumulados del comercio al por mayor y al por menor, antes de sumar los impuestos y de restar las subvenciones;
  2. Los impuestos (excepto el IGV facturado) menos las subvenciones sobre el producto a pagar por los comerciantes mayoristas y minoristas.

El costo total del transporte de un bien desde el lugar en que se fabrica hasta el lugar en que el comprador se hace cargo del mismo, puede incluirse en diversas partidas. Si el productor transporta el bien o hace que sea transportado sin costo adicional para el comprador, esos gastos de transporte estarán incluidos en el precio básico. Si el productor transporta los bienes por sí mismo, esto representa una actividad auxiliar y los costos individuales se incluyen, aunque sin identificarse, como costos de transporte. Si el productor paga a un tercero para que transporte los bienes, el transporte figura como uno de los costos intermedios para el productor. Análogamente, los comerciantes mayoristas y minoristas pueden hacer que los bienes sean trasladados desde donde ellos se hacen cargo de los mismos, hasta donde se hace cargo otro comprador. Lo mismo que en el caso de los productores, estos gastos se incluyen en el margen comercial si no se cobran por separado al comprador. Igualmente, como sucede en el caso de los productores, dichos gastos pueden representar una actividad auxiliar de los comerciantes mayoristas y minoristas o la compra de un servicio intermedio, incorporándose de esta manera en los márgenes comerciales.

Finalmente, cuando el transporte se acuerda de modo que el comprador tiene que pagar los gastos de transporte, aunque éste lo realice el productor o el comerciante mayorista o minorista, dichos gastos se identifican por separado, bajo la forma de márgenes de transporte. El componente total de los servicios de transporte en los márgenes de comercio y transporte - compuesto de los márgenes de transporte propiamente dichos y de los servicios de transporte incluidos en los márgenes comerciales - puede analizarse por separado en una versión más analítica del cuadro de oferta y utilización.

Los márgenes comerciales por productos se obtienen sumando los márgenes de las distintas categorías de empleos en las filas del producto del cuadro de base.

En el cuadro de oferta, la producción de bienes se valora a precios básicos; la producción de los servicios de comercio y transporte asociados se ofrece en la Tabla Insumo Producto (TIP) a precios básicos en sus columnas y filas respectivas. Esto significa que los impuestos (excepto el IGV facturado) sobre el producto a pagar por los mayoristas y minoristas se agrupan con los demás impuestos (excepto el IGV facturado) sobre los productos y con el IGV total no deducible para formar en la TIP la columna adicional de impuestos sobre los productos en el cuadro de oferta y consecuentemente en la correspondiente columna adicional de subvenciones a los productos. Los márgenes comerciales y de transporte se distribuyen por productos en la columna adicional de márgenes de comercio y transporte del cuadro de oferta. En esa columna se anotan asientos negativos en las filas de los servicios de comercio y transporte con el fin de que el total de dicha columna sea igual a cero. A precios de comprador, la oferta total de servicios comerciales no incluye los márgenes comerciales, ni la oferta total de servicios de transporte incluye los márgenes de transporte; ambos se han asignado a los bienes con los que están relacionados.

1.3 Los Impuestos y las Subvenciones sobre los Productos

Los diferentes conceptos de valoración del marco insumo-producto son consecuencia en gran parte del tratamiento de los impuestos y las subvenciones. Según se ha visto anteriormente, los impuestos menos las subvenciones sobre los productos forman parte de la diferencia entre el precio de comprador y el precio básico.

Los impuestos que figuran en el marco insumo-producto son, en su totalidad, impuestos sobre la producción y las importaciones. Están constituidos por los impuestos que gravan los bienes y servicios en el momento en que son producidos, vendidos o importados, o posiblemente en otras ocasiones, junto con los impuestos devengados como consecuencia del desarrollo de la producción. Los impuestos sobre la producción y las importaciones se subdividen en dos grandes grupos:

  1. Impuestos sobre los productos;
  2. Otros impuestos sobre la producción.

La separación entre los impuestos sobre los productos y los otros impuestos sobre la producción es muy importante en lo que respecta a las diversas valoraciones de los flujos de productos. Los impuestos sobre los productos (con las cuatro sub-categorías que los constituyen) se definen de la manera siguiente:

Un impuesto sobre un producto es el que tiene que pagarse por una unidad de algún bien o servicio, sea como un monto específico de dinero por unidad de cantidad, o como un porcentaje específico del precio por unidad o del valor del bien o servicio transado.

Las categorías de Impuestos son:

  1. Valor Agregado, que es un impuesto sobre los bienes y servicios recaudado por etapas por las empresas;
  2. Aranceles, son los impuestos y derechos sobre las importaciones, excluido el IGV, sobre los bienes y servicios por pagar en el momento en que los bienes cruzan la frontera nacional o aduanera del territorio económico, o cuando los servicios son prestados por los productores no residentes a las unidades institucionales residentes;
  3. Sobre las exportaciones son impuestos sobre los bienes y servicios por pagar cuando los bienes abandonan el territorio económico o cuando los servicios son prestados a los no residentes;
  4. Sobre los productos, excluido el IGV, y los impuestos sobre las importaciones y exportaciones, son impuestos sobre los bienes y servicios por pagar como consecuencia de la producción, venta, transferencia, arrendamiento o suministro de esos bienes y servicios, o como consecuencia de su utilización para autoconsumo o para autoformación de capital.

En el Sistema, los impuestos del tipo valor agregado comprenden el IGV propiamente dicho y los impuestos que son deducibles de manera análoga al IGV y que se tratan igual que éste. Se definen y describen de la manera siguiente:

El IGV es un impuesto sobre los productos que las empresas recaudan por etapas. En algunos países existen impuestos de menor alcance que el IGV, pero que también pueden ser deducibles por los productores; en el Sistema estos impuestos se tratan igual que el IGV. Los productores están obligados a cargar ciertas tasas porcentuales de IGV por los bienes o servicios que venden. El IGV se anota por separado en las facturas de los vendedores, por lo que los compradores conocen las cantidades que han pagado. Sin embargo, los productores no están obligados a pagar al gobierno el importe total del IGV facturado a sus clientes, ya que normalmente se les permite deducir el IGV que ellos mismos han pagado por los bienes y servicios comprados para su propio consumo intermedio o su formación bruta de capital fijo. Los productores están obligados a pagar solamente la diferencia entre el IGV por sus ventas y el IGV por sus compras para consumo intermedio o formación de capital, lo que explica su definición de impuesto sobre el valor agregado. El IGV no suele cargarse sobre las ventas a no residentes, es decir, sobre las exportaciones. La tasa porcentual del IGV puede variar según las diferentes categorías de bienes y servicios y también según la clase de comprador.

El Sistema recomienda el uso del denominado sistema de registro neto del IGV. Según este sistema, la producción aunque sea a precios de productor se valora excluyendo el IGV facturado por el productor; las importaciones también se valoran excluyendo el IGV facturado. Las compras de bienes y servicios para usos intermedio y final se registran incluyendo únicamente el IGV no deducible.

El IGV puede ser deducible, no deducible, o no aplicable, según se explica a continuación:

IGV deducible:

  • La mayor parte del consumo intermedio
  • La mayor parte de la formación bruta de capital fijo
  • Parte de las variaciones de existencias.

 

IGV no deducible:

  • Gastos de consumo final
  • Parte de la formación bruta de capital fijo
  • Parte de las variaciones de existencias
  • Parte del consumo intermedio.

IGV no aplicable:

  • Exportaciones
  • Ciertos bienes o servicios sujetos a una tasa cero de IGV con independencia de su empleo
  • Ciertos productores exentos del registro del IGV (pequeñas empresas o situaciones análogas).

Dependiendo del régimen tributario de los países, el contenido de la columna de impuestos en el cuadro de oferta sería como sigue:

Ausencia de IGV:

  • Cuando la producción esta valorada a precios básicos, la columna de impuestos contiene todos los impuestos sobre los productos (es decir, los impuestos y derechos sobre las importaciones, los impuestos sobre las exportaciones y los impuestos sobre los productos excluidos los que gravan las importaciones y las exportaciones).

  • Cuando la producción está valorada a precios de productor, la columna incluye únicamente los impuestos y derechos sobre las importaciones.

Presencia de IGV (tratamiento neto):

  • Cuando la producción está valorada a precios básicos, la columna de impuestos contiene el IGV total no deducible sobre los productos, los impuestos y derechos sobre las importaciones excluido el IGV, los impuestos sobre las exportaciones y los impuestos sobre los productos excluidos el IGV y los impuestos sobre las importaciones y las exportaciones.

  • Cuando la producción está valorada a precios de productor, la columna incluye los impuestos y derechos sobre las importaciones (excluido el IGV), más el IGV total no deducible sobre los productos.

Las subvenciones se tratan como impuestos negativos sobre los productos o como impuestos negativos sobre la producción. En el Sistema, las subvenciones son pagos corrientes sin contrapartida que las unidades gubernamentales hacen a las empresas sobre la base de los niveles de sus actividades de producción, o las cantidades o los valores de los bienes y servicios que producen, venden o importan. Se clasifican de la misma forma que los impuestos:

  1. Subvenciones a los productos;
  2. Otras subvenciones a la producción.

La separación entre las subvenciones a los productos y las otras subvenciones a la producción resulta fundamental, como en el caso de los impuestos, para la valoración de los flujos de bienes y servicios. Las subvenciones a los productos se definen de la manera siguiente:

Una subvención a un producto es aquélla a pagar por unidad de bien o servicio producido, sea como un monto específico de dinero por unidad de cantidad de bien o servicio o como un porcentaje específico del precio unitario. Puede calcularse también como la diferencia entre un precio especificado previamente y el precio de mercado realmente pagado por un comprador.