El documento "Mujeres Indocumentadas en el Perú" es el resultado de la explotación de la Encuesta Demográfica y de Salud Familiar (ENDES) realizada en 1996, con relación a las variables socio-demográficas y de salud, en edades comprendidas entre los 16 a 49 años de edad.
Para este estudio entendemos como persona indocumentada a aquella que no tiene un documento de identificación, ya sea por que nunca obtuvo partida de nacimiento (en los Registros Civiles) o una libreta electoral (en el Registro Electoral), o si tuvieron alguna vez, sufrieron la pérdida o sustracción de éstos.
Los derechos humanos son principios y valores fundamentales para la dignidad humana. En este sentido, tanto la Constitución Peruana como diversos tratados internacionales suscritos y ratificados por el país, reconocen entre otros derechos humanos esenciales, el derecho a la identidad, el derecho al nombre y el derecho a la igualdad y no discriminación.
El nombre es un deber y un derecho fundamental del ser humano, ya que sirve para individualizarlo e identificarlo ante los demás miembros de la sociedad, por tal motivo, la no inscripción en el Registro del Estado Civil de las personas impide la obtención del documento de identificación y la expedición de constancia alguna por parte del Registro Nacional de Identidad y Estado Civil .
Del mismo modo sucede en el caso de la libreta electoral, son ciudadanos los peruanos mayores de 18 años y para el ejercicio de la ciudadanía se requiere de la inscripción electoral2/ . En tal sentido, el registro del estado civil de las personas es obligatorio y concierne a los ciudadanos directamente involucrados en el acto susceptible de inscripción. Si el ciudadano no tiene el documento de identificación, que es la Libreta Electoral o la Cédula de Identidad Personal, será imposible realizar todos los actos civiles, comerciales, administrativos, judiciales y, en general, en todos los casos donde se requiera su presentación. Unico documento de sufragio que se le otorga a la persona.
Por todo esto, toda persona está en la obligación de portar y hacer uso de un documento de identificación, ya que sirve para ejercer los derechos y deberes civiles. Además, con estos documentos se adquiere la ciudadanía, requisito indispensable para la inscripción electoral.
En el país no existen estadísticas que reflejen la verdadera magnitud del problema. Sin embargo, investigaciones como la Encuesta Demográfica y de Salud Familiar (ENDES) de 1996, cuya finalidad es estudiar la realidad de las mujeres desde la perspectiva de salud reproductiva, Sin embargo, en el cuestionario individual de mujeres incluyó la pregunta referente a la tenencia de documentos de identificación, de la siguiente manera:
Qué documento de identificación tiene usted ?
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BOLETA O LIBRETA MILITAR . . . . . . . . |
A |
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LIBRETA ELECTORAL . . . . . . . . . . . . . . |
B |
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OTRO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . |
C |
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(Específique) |
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NINGUNO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . |
Z |
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(Circule todas las alternativas mencionadas) |
En base a esta pregunta se relacionó con las variables sociales, demográficas y de salud, que son descritos en capítulos posteriores.
La muestra general de la ENDES de 1996 constó de 28 951 mujeres con entrevistas completas, y provee información para todo el país, 24 departamentos, 3 regiones naturales y 4 niveles de urbanización.
Se consideró a la población femenina de 16 a 49 años de edad, por que es la edad para iniciar el trámite y obtener los documentos que dan inicio a la mayoría de edad. Este grupo etáreo representa una muestra de 27643 mujeres entrevistadas. De ese total, 1 443 mujeres contestaron no tener ningún documento de identificación, representando el 5,2% de la población femenina entrevistada.