1.1.3  MARCO LEGAL

     a.   ANTECEDENTES

          Una gran  mayor¡a  de  pa¡ses  cuenta con una legislaci¢n espec¡fica
          para  la  promoci¢n de la Peque¤a Empresa, recibiendo un tratamiento
          preferencial  en  relaci¢n  a  otros  estratos  empresariales por su
          importancia en la Actividad Econ¢mica.

          En el Per£, es  a  partir de los setenta, en que el estado empieza a
          legislar  con fines promocionales sobre este sector, al establecerse
          sus reg¡menes especiales  de fomento que fijan sus l¡mites y otorgan
          incentivos para su desarrollo.

          Decreto Ley N§ 21435

          El primer r‚gimen especial de promoci¢n a este sector se promulg¢ en
          1976 con el Decreto Ley 21435 "Ley  de la Peque¤a Empresa del Sector
          Privado". Esta  norma  define a la peque¤a empresa en funci¢n de los
          montos  vendidos  anuales, con la finalidad de acogerse a un sistema
          tributario preferencial y otros incentivos para su desarrollo.

          El Decreto, establece los l¡mites  para  la  Peque¤a Empresa en cada
          actividad  econ¢mica  tomando  como  referencia los ingresos anuales
          expresados en un determinado monto de  sueldos m¡nimos vitales (SMV)
          de la provincia de Lima. Para el caso de industria de transformaci¢n
          y el comercio de bienes y servicios, una  peque¤a empresa dedicada a
          esta actividad, deber¡a obtener ingresos anuales no superiores a 590
          SMV.

          Entre los diversos mecanismos de promoci¢n que tiene la ley destaca,
          la sustituci¢n de los impuestos al patrimonio y a las remuneraciones
          as¡  como  de  las  contribuciones  a  los  sistemas  nacionales  de
          pensiones  de  salud con un impuesto £nico. Adem s se la exonera, de
          la obligaci¢n de constituir comunidades laborales.

          En la misma norma  tambi‚n se establece, cuando una peque¤a empresa,
          dejar¡a  de  continuar  acogi‚ndose  a  sus  alcances  y beneficios,
          indic ndose que aquellas empresas,  cuyas actividades  econ¢micas en
          los £ltimos  tres  a¤os  supere  en  promedio los l¡mites m ximos de
          ingresos  fijados  para  cada  actividad  econ¢mica,  ya  no  podr n
          continuar gozando  del  tratamiento  preferencial establecido por la
          ley.

          Decreto Ley N§ 21621

          En ese mismo a¤o, y con  el fin de agilizar la formaci¢n de peque¤as
          empresas se expide el Decreto Ley 21621, que crea la figura jur¡dica
          de la  empresa  individual  de responsabilidad limitada (EIRL). Para
          diferenciar  el  patrimonio  de la persona natural del de la persona
          jur¡dica, a  fin  de  promocionar  la  constituci¢n  y  operaci¢n de
          peque¤as empresas.

          Decreto Ley N§ 23189

          En julio de 1980 se promulga el  Decreto Ley 23189, mediante el cual
          se  establece  que  la peque¤a empresa debe desarrollar su actividad
          como   empresa   unipersonal   o   como    empresa   individual   de
          responsabilidad  limitada  (EIRL),  asimismo que su propietario debe
          participar  en  el  proceso de producci¢n, prestaci¢n de servicios o
          comercializaci¢n  de  bienes.  Y  adem s,   tener  como   m ximo  10
          trabajadores, en  el  caso que  realice la actividad de producci¢n y
          servicios  y de 5, cuando el giro sea la comercializaci¢n.

          Con  esta  norma  tambi‚n,  se  modifican  los  l¡mites  de ingresos
          anuales, estableciendo  por  ejemplo  que  para  la  peque¤a empresa
          industrial,  estos  no  deber¡an  exceder  de  100  salarios m¡nimos
          vitales (SMV) de la  provincia de Lima, y en el caso de la actividad
          comercial, que no excedan de 50 SMV.

          Asimismo  se  establece,  que  en  estas empresas debe predominar el
          trabajo manual y la obligaci¢n de inscribirse en el padr¢n municipal
          de peque¤as empresas creado por este Decreto Ley.

          Con  este  dispositivo,  tambi‚n  se  origina  la  "  Cooperativa de
          Servicios de  Peque¤as  Empresas",  con la finalidad de facilitar su
          acceso a  l¡neas  de  cr‚dito  y  financiamiento,  la utilizaci¢n de
          servicios t‚cnicos y recursos comunes, comercializaci¢n de productos
          o la adquisici¢n de bienes de capital.

          Adem s establece un r‚gimen tributario especial de incentivos y crea
          el fondo de promoci¢n a la peque¤a empresa (FOPE).

          Ley 23407

          En  mayo  de  1982,  se  promulga  la  ley  23407  "  Ley General de
          Industrias ",  en la cual se determina que las ventas anuales de una
          peque¤a empresa industrial no  deben  exceder de 720 sueldos m¡nimos
          vitales de  la  provincia  de Lima. Asimismo se se¤ala, que dejan de
          estar comprendidas  en  este  r‚gimen de promoci¢n aquellas empresas
          que en  tres ejercicios consecutivos o cinco alternativos superen en
          m s de 20 por ciento el l¡mite de 720 SMV.

          Mediante  esta  norma  tambi‚n  se  exonera  a  la  Peque¤a  Empresa
          Industrial, de los  Impuestos  de  Alcabala y Revaluaci¢n de Activos
          Fijos. Est  Ley  crea  tambi‚n  la  Ley  24062  " Oficina General de
          Promoci¢n a las Peque¤as Industrias".

          En enero de  1985,  se  publica  la  ley  24062  " Ley de la Peque¤a
          Empresa  Industrial"  y  en  junio  de   ese   a¤o,   se  expide  su
          reglamento,  con  la  finalidad  de  regular  el cap¡tulo de Peque¤a
          Industria establecido  en  la Ley General de Industrias (Ley 23407).
          Est  Ley  ampl¡a  a  1  500 sueldos m¡nimos vitales, el l¡mite anual
          de ventas  en estas empresas y  crea adem s, el " Fondo de Promoci¢n
          a la Peque¤a  Empresa  Industrial " (FOPEI), con el aporte del 1% de
          las  peque¤as  empresas  industriales  y,   se   otorgan  incentivos
          fiscales,  por  la  creaci¢n  de  puestos  de  trabajo  permanentes,
          capacitaci¢n laboral; y adquisici¢n de maquinarias y equipos.

          Durante el £ltimo  quinquenio de los ochenta, se establecieron otros
          dispositivos  promocionales para  este sector, como por ejemplo, que
          el aporte al  FOPEI  pod¡a  ser deducido del impuesto a la renta. Se
          dictan  adem s  diversas  normas  de  car cter administrativo con la
          finalidad  de  simplificar los tr mites de legislaci¢n y registro de
          las peque¤as empresas.