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Se entiende por actividad económica, a la producción de bienes y servicios, según se definen en el sistema de Cuentas Nacionales de la Naciones Unidas. De acuerdo con este sistema, la producción de bienes y servicios incluye toda producción de mercado y algunos tipos de producción no de mercado, incluyendo la producción y elaboración de productos primarios para autoconsumo, la construcción por cuenta propia y otras producciones de activos fijos para uso propio.
Según esta definición las actividades económicas ilícitas tales como la prostitución de menores de edad o el comercio de drogas, no son concebidas como trabajo infanto-adolescente. Igualmente, ciertas modalidades para obtener ingresos, no incluidas bajo el concepto de actividad económica, tales como el robo o la mendicidad, no son consideradas como trabajo.
De igual manera, la participación de los niños y adolescentes en tareas domésticas en el seno de su propia familia no debe ser incluida bajo el rubro de trabajo, pues dicha actividad constituye parte de las funciones básicas de una familia y es en muchos casos indispensable para la supervivencia de sus miembros. De otro lado, las tareas domésticas no constituyen propiamente una actividad económica, de acuerdo a como se define y registra este tipo de actividades en el Sistema de Cuentas y Estadísticas de Empleo en la mayoría de países.